Rafael Alonso Martínez, Juez Único de Competiciones Profesionalizadas y Aficionadas, ha dictado una resolución en la que confirma el aplazamiento del Pulpileño-Eldense que debía jugarse el domingo «por la situación sanitaria que afecta al club, que presenta ocho casos positivos de COVID-19 con la consideración de brote activo«.
MIGUEL SANTIAGO RICO. La resolución del Juez Único asevera lo siguiente: » En el día de hoy, este Juez de Competición ha tenido conocimiento de ladocumentación remitida por el club CD ELDENSE, conteniendo informe médico acerca de la situación sanitaria que afecta al club, que presenta ocho casos positivos de COVID-19 con la consideración de brote activo. En vista de las circunstancias reseñadas y al no poder descartarse la aparición de nuevos casos en las próximas horas y por el riesgo que supone el desplazamiento, se considera procedente aplazar el encuentro correspondiente de Segunda B
(Segunda RFEF), CA PULPILEÑO – CD ELDENSE.
De conformidad con lo previsto en el punto 3.a) de la Disposición I (“Aspectos Generales”) y en la Disposición IX (páginas 44 y 45 sobre la “Actuación en caso de positivo en el desarrollo de una competición”) del Protocolo de la RFEF “COVID-19. Protocolo de actuación para la vuelta de competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional de la RFEF (Temporada 2021-2022)”; así como en las Disposiciones Extraordinarias por COVID-19 Cuarta y Quinta de las Normas Reguladoras
y Bases de Competición de Segunda RFEF y en virtud de la delegación, de 26 de septiembre de 2020, efectuada por el Presidente de la RFEF mediante la que delegaba en este Juez de Competición la competencia para el conocimiento de las cuestiones relativas al cumplimiento de la obligación de los clubes adscritos a competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional, contenida en las Normas Reguladoras de cada competición y en el Protocolo Reforzado, de reportar a la RFEF los casos positivos por COVID-19 que se produzcan en el seno de sus plantillas y, en su caso, la resolución sobre la suspensión de un encuentro por estos motivos y la aplicación de las consecuencias disciplinarias que pudieran derivarse en caso de incumplimiento de la citada obligación, este Juez de Competición, RESUELVE:
Aplazar la celebración del encuentro de Segunda B (Segunda RFEF), CA PULPILEÑO – CD ELDENSE, a una nueva fecha lo más cercana en el tiempo que se determinará por este órgano tan pronto como se acrediten todas las circunstancias que permitan la disputa del mismo.
Lo que se notifica a los citados clubes, al Área de Competiciones y Fútbol No Profesional y al Comité Técnico de Árbitros a los efectos oportunos.
Sin perjuicio de la inmediata ejecutividad de la presente resolución, contra la misma cabe interponer recurso sin efecto suspensivo ante el Comité Nacional de Segunda Instancia en el improrrogable plazo de 48 horas desde su notificación«.